Descarga Procedimiento Escrito de Trabajo Seguro en Altura (PETS)

Trabajo en altura es una de las actividades de alto riesgo según las normativas Peruanas y seguro en otros Países que requiere de medidas de seguridad para evitar accidentes, donde sea requerimos un procedimiento  PETS y se aplica su formato PETAR que es permiso escrito de trabajo seguro.

OBJETIVO

Establecer un procedimiento para establecer las directrices para el trabajo en alturas, con el fin de minimizar y prevenir los incidentes y accidentes de trabajo que se presentan en los trabajadores.

ALCANCE

Este procedimiento aplica para todas las actividades que involucren trabajos en altura (por encima de 1.80mts de altura sobre el nivel inferior) ejecutados por personal de NOMBRE EMPRESA o por subcontratistas.

SOLICITUD DE CAPACITACIÓN / ENTRENAMIENTO DE TRABAJO SEGURO EN ALTURAS

Los Supervisores y Jefes de áreas solicitan formalmente al área de Seguridad y Salud en el Trabajo de NOMBRE EMPRESA la capacitación o reentrenamiento del personal que realiza o va realizar trabajos en alturas.

Además de la capacitación / entrenamiento, se debe solicitar lo siguiente:

EVALUACIÓN MÉDICA OCUPACIONAL

Una vez realizada la solicitud por la dependencia en cuestión, el área de Seguridad y Salud en el Trabajo realizará el llamado a los trabajadores para llevar a cabo la evaluación médica ocupacional que permitirá establecer si existen las condiciones individuales óptimas (o con restricciones) para desarrollar la tarea en alturas.

Son restricciones para realizar trabajo en alturas, las siguientes:

La existencia de patologías metabólicas, cardiovasculares, mentales neurológicas, que generen vértigo o mareo, alteraciones del equilibrio, de la conciencia, de la audición que comprometan bandas conversacionales, ceguera temporales o permanentes, alteraciones de la agudeza visual o percepción del color y de profundidad, que no puedan ser corregidas con tratamiento y alteraciones de comportamientos en alturas tales como fobias. Igualmente se tendrá en cuenta el índice de masa corporal y el peso del trabajador.

Las mujeres en estado de embarazo.

Tampoco lo pueden realizar quienes tengan las restricciones, temporales o permanentes. Cuando como consecuencia de cualquiera de las evaluaciones médicas practicadas al trabajador, surja la recomendación de tratamiento, deberá ser remitido a las EPS correspondientes y sólo podrá reingresar al proceso de selección para trabajo en alturas cuando por certificado médico sea verificada la condición de cumplimiento de los requisitos mínimos para realizar su oficio o se realicen los procedimientos de rehabilitación profesional de acuerdo con la condición de salud existente.

CAPACITACIÓN: CERTIFICACIÓN Y REENTRENAMIENTO DE TRABAJO EN ALTURAS

El área de Seguridad y Salud en el Trabajo solicitará al SENA u otra entidad los cupos requeridos para llevar a cabo la capacitación de los trabajadores calificados como aptos para el trabajo en alturas en los niveles básico y avanzado, dependiendo de la actividad, los riesgos reales, potenciales y el nivel de exposición de cada trabajador.

Una vez la Entidad confirme la fecha del inicio del curso, el área de Seguridad y Salud en el Trabajo dará aviso a los empleados y programara la misma.

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RESPONSABILIDADES DE LOS TRABAJADORES

Es necesario que para la realización de toda modalidad de trabajo en alturas, los trabajadores deben:

  • Cumplir todos los procedimientos establecidos en el presente documento.
  • Informar sobre cualquier condición de salud que le genere restricciones antes de realizar cualquier tipo de trabajo en alturas (consumo de bebidas alcohólicas, alteraciones en la condición de salud, etc.).
  • Hacer buen uso de todas las medidas de prevención y protección contra caídas implementadas.
  • Reportar el deterioro o daño de los sistemas colectivos o individuales, de prevención y protección contra caídas.
  • Participar en la elaboración y el diligenciamiento del permiso de trabajo en alturas, así como acatar las disposiciones del mismo.
  • Realizar las actividades de trabajo en alturas en compañía. Por ningún motivo el trabajador podrá realizar este tipo de trabajos sin la supervisión o la presencia de otro trabajador que en caso de emergencia deberá activar el plan de emergencia o rescate según el caso.

DOTACIÓN Y REPOSICIÓN DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL

Cada empleado deberá solicitar su dotación correspondiente para el trabajo en alturas y EPP relacionados al área de Seguridad y Salud en el Trabajo para el desarrollo y optima realización de sus tareas.

  • Arnés anti caída.
  • Mosquetones de seguridad.
  • Casco de protección.
  • Eslinga en Y con absorbedor.
  • Cuerda de sujeción
  • Barbuquejo

MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y DE PROTECCIÓN

El área de Seguridad y Salud en el Trabajo y los responsables de los proyectos a ejecutar (asesores técnicos comerciales) deberán analizar los equipos de prevención y protección necesarios para la ejecución de sus proyectos. Dentro de los cuales tenemos: andamios, barandas, barreras de acceso móviles a las áreas de trabajo, Señalización y demás elementos que sean considerados como necesarios para incrementar la seguridad de los trabajadores.

Procedimiento para Trabajo en Alturas

PERMISO DE TRABAJO EN ALTURAS

Antes de iniciar cualquier actividad de trabajo en alturas, se deberá realizar el permiso de trabajo en altura, para prevenir la ocurrencia de accidentes durante la realización de trabajos en alturas.

El permiso de trabajo debe contener como mínimo lo siguiente:

  1. Nombre (s) de trabajador (es).
  2. Tipo de trabajo.
  3. Altura aproximada a la cual se va a desarrollar la actividad.
  4. Fecha y hora de inicio y de terminación de la tarea.
  5. Verificación de la afiliación vigente a la seguridad social.
  6. Requisitos de trabajador (requerimientos de aptitud).
  7. Descripción y procedimiento de la tarea.
  8. Elementos de protección personal seleccionados por el empleador teniendo en cuenta los riesgos y requerimientos propios de la tarea, conforme a lo dispuesto en la presente resolución.
  9. Verificación de los puntos de anclaje por cada trabajador.
  10. Sistema de prevención contra caídas.
  11. Equipos, sistema de acceso para trabajo en alturas.
  12. Herramientas a utilizar.
  13. Constancia de capacitación o certificado de competencia laboral para prevención para caídas en trabajo en alturas.
  14. Observaciones
  15. Nombres y apellidos, firmas y números de cédulas de los trabajadores y de la persona que autoriza el trabajo.

El permiso de trabajo en alturas debe tener en cuenta las medidas para garantizar que se mantenga una distancia segura entre el trabajo y líneas o equipos eléctricos energizados y que se cuente con los elementos de protección necesarios, acordes con el nivel de riesgo (escaleras dieléctricas, parrillas, EPP dieléctrico, arco eléctrico, entre otros.), asi mismo debe contar con su plan de Rescate.

Como vemos es completo el procedimiento contiene su plan de rescate, espramos que sea de vuestra utilidad estimados amigos.

Acceda al procedimiento: PROCEDIMIENTO-DE-TRABAJO-SEGURO-EN-ALTURAS

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